Contabilidad de las permutas de inmovilizado
La contabilidad de las permutas de inmovilizado viene regulada en la norma 2ª del PGC y en la Resolución del ICAC de Inmovilizado Material. Comenzaremos por clasificar la permuta y distinguir si se trata de "comercial" o "no comercial", pues esto determinará la valoración del bien recibido. Vamos a ver qué dicen las normas contables mencionadas y lo aplicaremos después a un ejercicio de examen de oposición.
Norma 2ª PGC:
"Se considerará que una permuta tiene carácter comercial si:
a) La configuración (riesgo, calendario e importe) de los flujos de efectivo del inmovilizado recibido difiere de la configuración de los flujos de efectivo del activo entregado; o
b) El valor actual de los flujos de efectivo después de impuestos de las actividades de la empresa afectadas por la permuta, se ve modificado como consecuencia de la operación."
Centrémonos en el apartado a). Vemos por tanto que son los flujos de efectivo que generan ambos activos, los que determinan el carácter comercial o no de la permuta. Vayamos por partes:
El riesgo de los flujos de efectivo. Comparemos por ejemplo una inversión en un edificio, bien situado, fácil de alquilar, con unos elementos de transporte. Ambos elementos patrimoniales pueden generar flujos de efectivo, si bien el riesgo de ambos es claramente distintito.
El calendario. En este caso la disponibilidad de los flujos de efectivo generados por ambos activos puede diferir. Un elemento decisivo para la comparación puede ser la vida útil. Ésta mide el período de tiempo en que el activo generará flujos de efectivo para la empresa a través de su uso. Un elemento que tiene una vida útil de 50 años, como por ejemplo un local comercial, difiere en calendario de otro cuya vida útil es de 15 años, como puede ser una instalación técnica.
Por otro lado, es habitual permutar un inmovilizado usado por otro nuevo, completando la diferencia con dinero en efectivo u otro activo líquido. Esto distorsiona la configuración de los flujos de efectivo de los elementos permutados, afectando al calendario. Por tanto, un importe dispar que requiere de un porcentaje de efectivo significativo para su compensación es un factor decisivo para clasificar la permuta como COMERCIAL.
¿Qué porcentaje se considera significativo? Esta pregunta es la primera que realizan mis alumnos 😊. Mi respuesta: por debajo del 20%, si los factores analizados previamente no son determinantes, podríamos considerarlo poco significativo y la permuta como NO comercial. Por encima del 20% tendríamos que ser más exigentes con los otros factores, y de no estar clara su homogeneidad, podríamos considerar la permuta como COMERCIAL. Porcentajes por encima del 30% nos decantarían por considerar la permuta como COMERCIAL en cualquier caso. De todas formas, no os preocupéis excesivamente porque en los enunciados de examen suelen dar pistas para la clasificación de la permuta. Atentos sobre todo a la vida útil de ambos elementos.
El importe. Lo normal en una permuta es que el valor razonable de los elementos intercambiados sea similar, pero en ocasiones no es así, ni siquiera considerando la parte monetaria de la operación. En estos casos, si la diferencia es significativa, consideraríamos la permuta como COMERCIAL. En mi opinión, volvería a tener en cuenta los porcentajes y circunstancias mencionados anteriormente.
Bien, ya sabemos distinguir el tipo de permuta (y si no da igual, en un examen hay que lanzarse a la piscina, no podemos quedarnos bloqueados). Ahora toca valorar el elemento recibido. Acudamos a la RICAC de Inmovilizado Material y más en concreto a su norma tercera:
... "a) Si la permuta tiene carácter comercial, el inmovilizado material recibido se valorará por el valor razonable del activo entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio, salvo que se tenga una mejor evidencia del valor razonable del activo recibido y con el límite de este último. Las diferencias de valoración que pudieran surgir al dar de baja el elemento entregado se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.
b) Si la permuta no tiene carácter comercial, o no puede obtenerse una estimación fiable del valor razonable de los elementos que intervienen en la operación, el activo recibido se valorará por el valor contable del bien que se da de baja más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado, con el límite, cuando esté disponible, del valor razonable del inmovilizado recibido si éste fuera menor.
c) El inmovilizado entregado se dará de baja por su valor contable."...
Veamos un caso práctico extraído del examen de TAC convocatoria 2014.
SUPUESTO 2
·
Apartado 2.4
Por otro
lado, nuestra sociedad, dedicada al transporte de pasajeros, presta servicio en
una línea en la que tradicionalmente ha tenido que mantener un determinado
modelo de autobús, debido a la existencia de un estrechamiento importante en la
carretera. Solventado el problema por la demolición de los edificios que
causaban el estrechamiento, nuestra sociedad decide permutar con otro
transportista el autobús por un modelo diferente, de similar vida útil, que si
bien tiene el mismo número de plazas, es más ancho, lo cual permite una mayor
comodidad a los pasajeros. No obstante, la permuta no permite aumentar las
tarifas al tratarse de una actividad regulada.
Los datos
de ambos vehículos y de la transacción son los siguientes:
Valor de
tasación en el mercado del vehículo recibido: 40.000
Valor en
libros del vehículo entregado: 75.000 de coste de adquisición, con una
amortización acumulada de 50.000.
Valor
acordado en la transacción para el camión entregado: 35.000.
Nuestra sociedad, además de entregar el autobús, satisface un pago
en efectivo por 5.000.
SE PIDE:
a)
Razonar si la permuta es comercial
o no comercial, de acuerdo con las características de unas y otras definidas en
las Normas de Registro y Valoración del Plan General de Contabilidad.
b)
Formular los asientos correspondientes a la
permuta.
SOLUCIÓN:
a) La permuta se considera no
comercial.
La configuración de flujos de
efectivo no se ve alterada significativamente, en cuanto a calendario, riesgo e
importe, a pesar de la permuta pues el número de viajeros es el mismo, el
precio del billete también y la vida útil de ambos autobuses es similar.
El
componente monetario de la operación no es significativo: (5.000 / 35.000) x
100 = 14,28%.
b) Al reconocerse contablemente como no comercial, el bien recibido se valora por el valor contable del entregado más la contraprestación monetaria, con el límite del valor razonable del elemento recibido.
Valor
contable elemento entregado = 75.000 – 50.000 = 25.000
+ Componente
monetario = 5.000
Total
= 30.000
Valor
razonable elemento recibido = 40.000
Se
escoge el menor .
Por la contabilización de la permuta:
Nº cta |
Concepto |
Debe |
Haber |
218 |
Elemento transporte recibido |
30.000 |
|
281 |
Amortiz
acumulada IM |
50.000 |
|
218 |
Elemento transporte entregado |
|
75.000 |
572 |
Bancos |
|
5.000 |
Muchas gracias por la atención prestada, quedo a la espera de vuestros comentarios.
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